Los toreros y la defensa del derecho al trabajo consagrado en la Constitución

Los toreros y la defensa del derecho al trabajo consagrado en la Constitución

Colombia es un país de leyes y los taurinos somos los primeros en respetar ese ordenamiento que nos hemos dado desde la independencia en 1819 en ese proceloso proceso de construir un país en medio de las rafagas de violencias, de logros y empeños de hombres y mujeres por hacer de esta nación un país prospero, amable y que podamos convivir todas las ideologias, los crdos, los pareceres, los credos religiosos, las opcioones de vida, de sexualidad sin molestarnos o destruir al otro porque piensa distinto o «es el diferente» y lo tengo que eliminar. Pues, no.

De este tema y del derecho al trabajo me referiré en esta nota

EL CONCEJO DE BOGOTA Y LA ALCALDESA

Apenas empezaba la pandemmia a hacer sus primeros estragos y los honorables concejales se reunieron virtualmente para votar un Acuerdo que será firmado días mas tarde y con suprema rapidez por la alcaldesa Claudia López en la que se mutila la corrida al prohibir la suerte de varas, las banderillas y la suerte suprema.

Los concejales han cometido grave falta y la alcaldesa al firmar el Acuerdo, condigna sanción pues no solo violaron la ley sino que al cerrarse las plazas generarán desempleo en el sector taurino y el torrente económico que genera una fiesta que podrá gustarle a unos, a otros no pero que hoy es legal y decisiones arbitrarias como las del malhadado Acuerdo produce unos efectos catastróficos.

LOS IMPUESTOS AL DISTRITO QUE ODIA LAS CORRIDAS PERO ACEPTA SUS RECURSOS

CASA TOREROS en la temporada 2020 le generó al Distrito 1.100 millones de peso y a la DIAN 900 millones. Sumas nada despreciables.

La plaza de toros de Manizales le generó por Ley del Deporte al estado colombiano 650 millones y mas IVA, retencion en la fuente a toreros y otros tributos, supera en desembolsos al Estado los mil millones de pesos.

LA SESION VIRTUAL DEL CONCEJO DE BOGOTA

Pensé ( pues segui el debate por internet ) que los concejales se reunián para paliar los efectos de tan grave pandemia, para promover medidas de seguridad en una ciudad asolada por el crimen, el asalto en pleno día o para mejorar las condiciones de vida de miles de familias que están en un grado de pobreza denigrante para una nación democratica (con recrusos limitados ) pero con posibilidades de atender esas necesidades en salud, educación, trabajo , o que se reunían para adoptar severas medidas contra la pederastia, la violencia contra los menores, las mujeres…No : La muerte del toro. ? Y los 3 mil o mas que mueren diariamente en el matadero sin posibiidad de defensa?. Ah, no, eso no…No,no no, dicen los concejales.

ANTONIO CABALLERO EN SU MANIFIESTO EN FAVOR DE LA LIBERTAD ESCRIBIÓ ESPLENDIDAMENTE

No se trata únicamente de reclamar el derecho a asistir como espectadores a las corridas de toros. Se trata también de defender el derecho a elegir el propio oficio. En este caso, la profesión de torero, como lo desean estos jóvenes novilleros que llevan meses acampando frente a las puertas cerradas de la plaza de toros, como refugiados de una guerra.

O como lo hicieron estas figuras del toreo venidas de España, México y Francia, y por supuesto también de Colombia, para acompañarlos en persona en una manifestación de solidaridad con ellos y de coherencia con sus propias vidas. Estamos aquí, en suma,  para exigir la libertad. La libertad de expresión. La libertad de elección. La libertad del placer. Contenidas todas en el eterno sueño libertario que es la prohibición de prohibir.

Para comenzar, un Acuerdo no puede vulnerar el espíritu de la ley, la 916 ampara las corridas, las excluye del llamdo maltrato animal y valora las raíces culturales que comporta este antiguo arte.

EL DERECHO AL TRABAJO

NUESTRA CARTA FUNDAMENTAL ES CLARA Y DIAFANA

La Constitución Política de Colombia, dispone: “ARTICULO 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.”

Pues los toreros, novilleros, rejoneadores, mozos de espada, taquilleros, mulilleros, mozos de cuadra son trabajadores y están amparados por la Ley.

Trabajaremos por defender ese derecho. Ellos también son colombianos.

Confío en las acciones jurídicas interpuestas ( nos movemos en el campo del derecho ) nos darán la razón a quienes defendemos mas all´´a de la corrida que desde luego, sí , ( para nosotros es un ceremonial ) :LA LIBERTAD, ese sagrado derecho por encima de todos los demas de que habló Cervantes en el Quijote y que llamó bien preciado. LIBERTAD, LIBERTAD, LIBERTAD…

2 Comments on "Los toreros y la defensa del derecho al trabajo consagrado en la Constitución"

    Falso de toda falsedad que los taurinos respetan el.ordenamiento jurídico Colombiano, acomodan la ley a su conveniencia que es otra cosa… si de verdad respetaran los conceptos y sentencias.judiciales, acatarían cabalmente la sentencia C666/2010, y no estarían organizando a lo largo y ancho del territorio colombiano festivales taurinos que en ninguna circunstancia cumplen los.condicionamientos de la Honorable corte constitucional, para ser considerados fuera de las excepciones que implican maltrato animal; en este sentido ninguno de esos festivales como el.de.choachi, sogamoso, villapinzon, puentepuedraiedra etc cumplen con la tradicion, periodicidad y carácter de.ininterrupcion que fijó la.corte para ser legales y permitidos… la ley es clara, NO SE PUEDEN ORGANIZAR festejos que no tengan fechas establecidas por tradición y en.las cuales habitualmente se.han realizado, NO SE PUEDEN HACER festejos que no tengan una tradicion, periodicidad y que se hayan celebrado ininterrumpidamente; todo lo que esté fuera de esas excepciones, simplemente es ILEGAL…

    Por otra parte ustedes no son ninguna autoridad judicial para detrrminar su el acuerdo que desincentiva las corridas de toros es legal o se ajusta a derecho, ya interpusieron sus recursos legales, permítanle a la justicia que decida en derecho… mas allá de una opinión, sus apreciaciones estan fuera de cualquier consideración legal o jurídica.

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