Se cae prohibición de ingreso de menores a los toros en Norte de Santander por gestión jurídica de don Felipe Negret

Se cae prohibición de ingreso de menores a los toros en Norte de Santander por gestión jurídica de don Felipe Negret

En providencia del 27/05/2021  el H. Magistrado(a) Dr(a) OSWALDO GIRALDO LOPEZ de Consejo de Estado – Sección primera , dispuso AUTOS INTERLOCUTORIOS DE SALA

La historia es que la Asamblea del Departamento de Norte de Santander acordó:

ARTÍCULO PRIMERO.- Prohibir la participación y asistencia a eventos
relacionados en la Ley 84 de 1989 en el departamento Norte de Santander a los menores de 18 años, con el propósito de asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar y garantizar su desarrollo físico, mental, moral y social, reconociendo expresamente el derecho del niño a la protección contra toda forma de perjuicio o abuso mental, el derecho a la educación compatible con la dignidad humana.


ARTÍCULO SEGUNDO. — Prohibir la participación de menores de 18 años en el entrenamiento para los eventos mencionados en la Ley 84 de 1989 que se realicen en el Departamento Norte de Santander con el objeto de garantizar la protección contra el desempeño de cualquier actividad que pueda resultar peligrosa para su desarrollo físico, mental, moral o social y el derecho al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad, conforme a la Convención sobre los Derechos del Niño de la Organización para las Naciones Unidas 20/11/89.

Bueno, pues eso se ha caido y el pronunciamiento es el siguiente :

PRIMERO: CONFIRMAR el auto proferido el 15 de noviembre de 2018, por el
Tribunal Administrativo de Norte de Santander, en relación con la decisión de decretar la suspensión provisional de los efectos jurídicos de los artículos 1, 2, 4 y 5 de la Ordenanza nro. 007 de 5 de agosto de 2016, “por el cual se reglamenta la participación de menores de edad en eventos de maltrato animal y se regula la participación del Departamento de Norte de Santander en éstas actividades”, proferida por la Asamblea Departamental de Norte de Santander.

SEGUNDO: REVOCAR el auto proferido el 15 de noviembre de 2018, por el
Tribunal Administrativo de Norte de Santander únicamente en relación con la decisión de decretar la suspensión provisional de los efectos jurídicos del artículo3º de la Ordenanza nro. 007 de 5 de agosto de 2016, “por el cual se reglamenta la participación de menores de edad en eventos de maltrato animal y se regula la participación del Departamento de Norte de Santander en éstas actividades”, proferida por la Asamblea Departamental de Norte de Santander. En su lugar, respecto de este artículo se niega la medida cautelar de suspensión provisional.

TERCERO: En firme esta decisión, DEVUÉLVASE el expediente al tribunal de
origen.

CÓPIESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

La anterior providencia fue leída, discutida y aprobada por la Sala en la sesión de la fecha.

Deja un comentario


  Utilizamos cookies para mejorar tu experiencia en nuestro sitio web. Al seguir navegando, aceptas el uso de cookies. Más información en nuestra política de privacidad.    Más información
Privacidad