UNDETOC se opone a deformar la corrida

UNDETOC se opone a deformar la corrida

Nosotros, LA JUNTA DIRECTIVA, obrando en nombre y representación de la UNIÓN DE TOREROS DE COLOMBIA UNDETOC SECCIÓN MATADORES DE TOROS Y NOVILLOS, organización gremial de
primer grado, identificada con NIT 860.026.529-7, con Personería Jurídica mediante Resolución Nro.0112 del 23 de enero de 1956 expedida por el Ministerio del Trabajo de la República de Colombia, rechazamos rotundamente que algunos socios se presten para hacer parte de espectáculos taurinos incruentos (sin pica sin banderillas y sin muerte), faltando a nuestros estatutos así como incumpliendo la Ley 916 de 2004.

Acorde con las atribuciones otorgadas por el artículo 28 de nuestras disposiciones, nos permitimos informar a los socios de nuestra asociación, que a partir de este momento se les aplicará el régimen sancionatorio contemplado en el Capítulo XIII de nuestros Estatutos, a quienes a partir del día de hoy
participen como toreros, empresarios, organizadores, asesores o equivalentes funciones, entre otros, en espectáculos taurinos incruentos o de similares características (sin pica sin banderillas y sin muerte).


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