Propuestas del Congreso Nacional de Tauromaquia en España : Excepcionalidad del indulto, examen de las astas antes de la corrida y preeminencia de la suerte de varas
UN CRITERIO ÚNICO
- Necesidad de unificar criterios entre todos los reglamentos, manteniendo el
paraguas de la Ley 10/1991 sobre potestades administrativas en materia de
espectáculos taurinos. - Necesidad de recoger en los reglamentos la exigencia de formación para formar
parte de los equipos presidenciales en los festejos taurios. - Dotar, desde las administraciones, de los medios necesarios y suficientes para la
aplicación efectiva del régimen sancionador. - Unificar en los reglamentos el empleo de útiles de lidia iguales en todo el territorio
nacional. - Dotar de garantías para el cumplimiento reglamentario de los análisis “post
mortem” (cuernos y vísceras).
“NOMBRAMIENTO DE LOS PALCOS COMO GARANTÍA DE
FORMACIÓN, CRITERIO E INDEPENDENCIA”
- Creación de una asociación o colectivo profesional de obligada pertenencia para
todos los presidentes de festejos taurinos. - Establecer que el acceso a la función presidencial se realice con arreglo a los
principios de igualdad, mérito y capacidad, determinando un procedimiento
administrativo específico para la solicitud, acreditación y resolución en los
nombramientos por parte de las administraciones.
“LA INTEGRIDAD FRENTE A LA IMPUNIDAD”
- Establecer un desarrollo normativo para el desenfundado de los cuernos de toros
y novillos -en su caso-, mediante la presencia de un veterinario, así como la
realización del mismo con diez o quince días de antelación al festejo, para que las
reses recuperen el sentido de la distancia. - Regular en los reglamentos la utilización de cámaras termográficas que permitan el
análisis de cuernos “ante mortem” durante el desembarque y primer reconocimiento
en corridas de toros y novilladas picadas. - Disponer de la utilización de cámaras de vigilancia y/o personal, destinado
específicamente a garantizar la cadena de custodia en los análisis “post mortem”. - Establecer el envío aleatorio de cuernos para su análisis en laboratorio habilitado
(reconocimientos “post mortem”). - Crear una base de datos de toros rechazados dentro de la Oficina Central de
Asuntos Taurinos (OCAT) de la Dirección General de Policía.
“EL TERCIO DE VARAS COMO VALEDOR DE LA BRAVURA”
- Proceder a la modificación de los útiles empleados durante el tercio de
varas: utilización de la puya cuadrangular y del estribo derecho acolchado
(desarrollados por D. Manuel Sales y D. Julio Fernández Sanz), con la finalidad
de infringir menos lesiones a las reses durante el tercio de varas. - Elevar el número de puyazos: entrar como mínimo tres veces al caballo en
todas las plazas, empujando con presteza y pujanza, con dosificación in
crescendo del castigo aplicado y aumentando la distancia en los sucesivos
encuentros. - Exigir la influencia de la correcta ejecución de la suerte de varas en la
concesión de la segunda oreja por parte del presidente. - Establecer la dotación de básculas para petos y escantillones a fin de poder
realizar una inspección adecuada de materiales, así como determinar la altura
del peto a 60 cm del suelo. - Establecer reglamentariamente la salida de un único caballo para ejecutar
la suerte de varas, quedando el que guarda la puerta fuera del ruedo
preparado para actuar en caso de ser necesario. - Reducir, durante el tercio de varas, el número de profesionales en el ruedo,
así como cuidar la colocación de éstos: picador junto a las tablas, toreros
alejados.
“EL INDULTO Y SU IMPRESCINDIBLE EXCEPCIONALIDAD”
- Huir del auge de los indultos al que estamos asistiendo desde hace años. De esta
manera se evitarían dos grandes problemas para las corridas de toros y novilladas,
como son privar al aficionado de la pérdida de la muerte del toro en la plaza, y la pérdida
de la bravura en la cabaña brava, al indultar y devolver al campo toros y novillos que
no han cumplido correctamente en la suerte de varas, que es donde se mide la bravura. - Exigir el cumplimiento de los reglamentos vigentes en materia de indultos.
- Conceder el indulto únicamente de manera excepcional, habiéndose realizado de
forma inequívocamente destacada y brillante todas las suertes de la lidia por parte del
toro o novillo. - Establecer la posibilidad de poner nuevamente en suerte al toro o novillo tras la
faena de muleta, ordenando el presidente la salida del picador si lo considerase
oportuno en dicho caso. Podrá realizarse la suerte con el regatón de la garrocha. - Al no existir la surte suprema de matar al toro o novillo, no otorgar premios al
matador, excepto el de la vuelta al ruedo - No sería estrictamente necesario contemplar los indultos, debido a los avances
científicos en cuanto a las medidas extracción de semen y material genético
“ante y post mortem”, permitiendo así la reproducción asistida y el mantenimiento de
la casta. - Eliminar reglamentariamente los indultos en corridas de rejones, festivales y
novilladas sin picar.
En Madrid, a 1 de noviembre de 2023